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Marca España: Impuesto al Sol y Autoconsumo penalizado

Marca España: Impuesto al Sol y Autoconsumo penalizado

Impuesto al solEl borrador del Real Decreto de Autoconsumo de energía eléctrica fotovoltáica penaliza el autoconsumo eléctrico e impone un «Impuesto al sol». 

Incomprensible e indignante. Son dos de los adjetivos más suaves que hemos encontrado para calificar el borrador de Real Decreto de Autoconsumo de energía eléctrica fotovoltáica.

Algunos datos para situarnos:

  • España compra energía al exterior por un valor aproximado de 50.000 Millones de € anuales (un 5% del PIB): petroleo, carbón, combustible nuclear. Es un país dependiente de la oferta externa para cubrir su demanda interna;
  • El consumidor final, paga, además de lo que se compra al exterior, lo que se genera en el interior. Debido a los impuestos, tasas y otros conceptos, el consumidor español es uno de los que más cara paga la energía eléctrica. Esta situación se ha ido agravando los últimos años, en los que las Eléctricas han ido condicionando todas las políticas energéticas de los diferentes gobiernos. En otros países de Europa, los gobiernos, disponen de Compañías Eléctricas públicas o nacionalizadas, que actúan, como regualdoras del mercado.
  • España es puntera a nivel mundial, en Turismo. Y el turismo viene por el Sol y por las temperaturas.

Pues bien, el borrador del Real Decreto de Autoconsumo, tiene como puntos destacables  los siguientes:

  • Suministro con autoconsumo, es decir, me quiero instalar unas placas fotovoltáicas y generar mi propia energía eléctrica para mi consumo. Las instalaciones de menos de 100 kW de potencia (la mayoría), tendrán dos contadores, uno para medir la energía generada y otro para los consumos de la red (tanto si consumo como si genero), sin que haya retribución por la energía vertida a la red (gratis total). En cambio, pagarán los costes fijos y variables asociados al sistema eléctrico, así como el peaje por cada kWh que produzcan, en función de su potencia eléctrica y el periodo horario en el que produzcan. Es decir: si me sobra energía la tengo que regalar, y además la que genero para mi consumo, paga los costes fijos y variables de un sistema eléctrico que no utilizo.
  • Producción con autoconsumo. Diferencia entre instalaciones menores y mayores de 100 kW. Ambas pagan los costes asociados al sistema eléctrico. El propietario del sistema tendrá dos contadores bidireccionales y, los segundos, podrán tener otro más. Aquí el cargo por servicios diferencia entre una similar a la modalidad anterior, orientada a cada kWh generado y otra para cada kW de potencia de la instalación de autoconsumo. Es decir: el precio de la energía que genere y que subministre a la red lo tengo que acordar con la compañía eléctrica (seguro que «acordaran»), además de pagar todos los costes del sistema. 
  • Se impone también una tasa para aquellos usuarios que, conectados a la red, dispongan de un sistema de almacenamiento de energías renovables, por ejemplo la batería Batería de almacenaje Tesla, recientemente lanzada al mercado. Con la nueva norma, no solo no se podrá disponer de estos sistemas y además se recibirá una penalización.

Como conclusiones a modo de opinión:

  • No se incentiva el uso de las renovables, sino que se penaliza. La protección del Medio Ambiente y la reducción de las emisiones atmosféricas, no son una prioridad para el Gobierno de España, … a diferencia de otros países.
  • Se convierte al usuario eléctrico en «prisionero» de las compañías eléctricas, protegiendo el mercado y los beneficios de las mismas.
  • Se perpetúa un sistema eléctrico deficitario, incapaz de aumentar su oferta a partir de una de las materias primas más importantes que tiene España, el Sol.

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